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De Mineduc

Decreto No. 33-2011 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2012”.


Artículo 38. Publicaciones de Informes en Páginas de Internet. Las entidades de la administración Central, Descentralizadas, Autónomas y Empresas Públicas, con el propósito de brindar a la ciudadanía guatemalteca transparencia en la gestión pública, además de cumplir con la entrega de información y documentación con la periodicidad que se establece en este Decreto, deberán mostrar, actualizar y presentar informes periódicamente en los primeros cinco días de cada mes, a través de sus páginas de internet y por escrito a las comisiones de probidad, de Finanzas Públicas y Moneda y la Extraordinaria Nacional por la Transparencia, todas del Congreso de la República, la información y documentación siguiente:

a) Programación y reprogramaciones de Asesorías contratadas con nombres y montos, con recursos provenientes de cooperación reembolsable y no reembolsable. (DIDECO).

b) Programación y reprogramación de jornales. (DAFI).

c) Documentos legales por medio de los cuales se otorgan bonos o beneficios, salariales, derivados o no de pactos colectivos de trabajo u otros similares. (DIREH).

d) Programaciones de Arrendamiento de Edificios. (DISERSA, y las 25 DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACION).

e) Convenios anuales, suscritos para la ejecución de asignaciones presupuestarias con organizaciones no gubernamentales, asociaciones legalmente constituidas, organismos regionales o internacionales, así como los correspondientes informes de avance físico y financiero, que se derivan de tales convenios. (NO APLICA).

f) Programación y reprogramación de aportes al sector privado y al sector externo, así como los respectivos informes de avance físico y financiero. (DICONIME Y DIPLAN).

g) Informes de avance físico y financiero de asignaciones presupuestarias financiadas con recursos provenientes de la cooperación externa, reembolsable y no reembolsable; (DICONIME Y DIPLAN).

h) Informes de liquidación presupuestaria del ejercicio fiscal anterior. (DAFI).

i) Informe de la Ejecución de Fideicomisos. (DIGEPSA).

Asimismo, el artículo 4, del Decreto No. 33-2011, quedará bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DIREH), Contrataciones en el Renglón 029, por ser información de su competencia; y el Artículo 8, quedará a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones (DIDECO, DIGECADE, DIGEPSA, DIGEEX, DIGECOR, las 25 DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACION y demás Direcciones que contraten bajo el renglón 189).

Cada entidad, a través de su Unidad de Administración Financiera y de su Unidad de Información Pública, queda responsable de monitorear el cumplimiento de la presente disposición.


Atentamente.