Planes de ejecuciones anuales de préstamos externos 2017
De Mineduc
Revisión a fecha de 09:39 6 feb 2017; CTANCHEZ (Discutir | contribuciones)
Artículo 69. Planes de ejecuciones anuales de préstamos externos. Las entidades de la Administración Central, Descentralizadas, Autónomas y Empresas Públicas, con el propósito de brindar transparencia y eficiencia en la gestión y ejecución de los préstamos externos, deberá actualizar en forma mensual el plan de ejecución de préstamos a su cargo y publicar el mismo, así como sus avances mensuales en sus páginas de internet, presentando informes cuatrimestrales al Ministerio de Finanzas Públicas, a la Contraloría General de Cuentas y al Congreso de la República.
MES | DOCUMENTO |
ENERO | Media:DIPLAN_Plan_Anual_de_Ejecución_MINEDUC_ENERO_2017.pdf |
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